El Senado aprobó una nueva ley que “adapta” las normas laborales a los trabajadores del sector turismo. Una iniciativa que desde el Ejecutivo aseguran busca proteger a quienes se emplean en restaurantes, casinos de juego y similares.
“El proyecto permitirá regular una serie de situaciones que hasta hoy estaban en el informalidad”, señaló la ministra del Trabajo, Ximena Rincón, luego de que la iniciativa fuese aprobada por 32 votos en el Cámara Alta.
Algunos puntos que regula la nueva ley se refiere a los domingo de descanso que tendrán desde ahora los trabajadores, así como la entrega de propinas que son canceladas por medio de tarjetas bancarias y la posibilidad de acordar turnos.
Del mismo modo, se establecen nuevas medidas respecto al pago de transporte, así como cuánto debe percibir un trabajador que realiza horas extras, debido a una situación de emergencia.
Cambios para los trabajadores del turismo
-Podrán pactar jornadas de trabajo diarias discontinuas, con interrupciones por lapsos superiores a media hora e inferiores a 4 horas, siempre que las horas trabajadas no supere los límites diarios y semanales establecidos en el Código del Trabajo.
-Podrán permanecer en sus lugares de trabajo durante el lapso de descanso, sin que tengan que prestar servicios durante ese tiempo. De no respetarse se multará al empleador con 60 UTM.
-La jornada pasiva no será imputable a la jornada diaria, pero su exceso sobre media hora deberá remunerarse mediante un acuerdo entre los trabajadores y el empleador
-El empleador tiene la obligación de costear el transporte de ida y regreso del trabajador a otro lugar, dentro del radio urbano respectivo, durante las horas de interrupción.
-Trabajadores tendrán cobertura por accidentes durante las interrupciones de la jornada de trabajo.
-La jornada laboral del día anterior a uno de descanso de los trabajadores de hoteles, restaurantes, pubs, bares, discotecas y similares, deberá finalizar, a más tardar, a las 00:00 horas.
En casos justificados, se podrá traspasar dicho límite hasta en 3 horas, las que deberán pagarse con un recargo del 100% sobre el valor de la hora ordinaria correspondiente al sueldo convenido.
Esta norma también exige que el trabajador tenga un descanso no inferior a 33 horas continuas, a partir del término de los servicios en la jornada que antecede a un día de descanso.
-La nueva ley permite a los trabajadores tener 29 domingos de descanso al año o 15 durante el lapso de 5 meses.
En caso de que un trabajador sea despedido o termine contrato, el empleador deberá pagar dichos días en el respectivo finiquito.
-Los trabajadores deberán recibir la totalidad de las propinas entregadas por los clientes. En caso de que ésta sea dada por medio de algún tipo de tarjeta (crédito o débito), el empleador deberá liquidarlas y pagarlas en la fecha que acuerde con los trabajadores en un plazo máximo de 7 días hábiles.
-La nueva ley también agrega a los trabajadores exceptuados de los feriados legales irrenunciables, a quienes se desempeñan en locales comerciales de aeródromos civiles públicos y de aeropuertos.
Fuente: http://www.biobiochile.cl/
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